El peritaje de riesgos diversos abarca un abanico muy amplio de especialidades: desde incendios y falsificaciones documentales hasta defectos constructivos, siniestros industriales o impactos ambientales. En todos estos ámbitos, el informe pericial es la herramienta que transforma el conocimiento técnico en una prueba comprensible para jueces, abogados y partes implicadas. La heterogeneidad de materias y la variedad de profesionales que intervienen hacen imprescindible disponer de un patrón común que garantice la coherencia, la integridad y la fiabilidad de cada documento.
La norma UNE 197001 surge precisamente con ese objetivo: establecer las consideraciones generales que permitan precisar los requisitos formales que deben tener los informes periciales, sin determinar los métodos y procesos específicos de cada disciplina. Su aplicación no solo unifica la presentación de los dictámenes, sino que refuerza la transparencia y la seguridad jurídica en procedimientos judiciales o extrajudiciales. Para cualquier laboratorio o gabinete pericial que trabaje con una amplia tipología de riesgos, adoptar esta norma supone un sello de profesionalidad y un compromiso con la excelencia.
La primera edición de la norma UNE 197001 fue publicada en 2011 con el título Criterios generales para la elaboración de informes y dictámenes periciales. Su contenido, aunque sencillo, representó un avance significativo al proponer una estructura homogénea para todos los informes periciales. Sin embargo, en julio de 2019 quedó anulada y fue sustituida por la nueva UNE 197001:2019, que incorporó mejoras importantes adaptadas a la realidad del sector y a las exigencias de los sistemas de gestión de calidad.
Los cambios introducidos en la versión de 2019 van más allá de un simple lavado de cara. La edición de la norma pasó a ser responsabilidad de UNE (Asociación Española de Normalización) y no de AENOR, lo que refleja un enfoque más amplio. Entre las principales novedades destacan:
A pesar de estas actualizaciones, la norma sigue siendo voluntaria, pero su adopción marca una diferencia tangible en la calidad percibida por juzgados y tribunales, especialmente cuando se trata de riesgos complejos que requieren una interpretación técnica muy especializada.
Uno de los grandes aciertos de la norma es proponer una estructura básica que, sin encorsetar al profesional, garantiza que ningún apartado fundamental quede olvidado. La estructura canónica que debe presentar todo informe y dictamen pericial comprende: identificación, índice, cuerpo del informe y, cuando corresponda, documentos anexos. Esta organización facilita la lectura secuencial y la localización rápida de las conclusiones y los elementos probatorios.
Detrás de esta aparente simplicidad se esconde una filosofía de transparencia y trazabilidad. El lector –juez, fiscal, abogado o aseguradora– debe poder identificar de forma inmediata quién emite el informe, para quién, bajo qué premisas y con qué limitaciones. En la práctica, aplicar rigurosamente esta estructura ha demostrado reducir las impugnaciones formales y centrar el debate en el fondo técnico del peritaje.
El apartado de identificación es la puerta de entrada al documento y debe contener, como mínimo, los siguientes elementos:
Además de estos datos objetivos, la costumbre y la prudencia aconsejan incluir las menciones relativas a la imparcialidad y veracidad del perito. Así, es habitual recoger la promesa de decir la verdad, el compromiso de actuar con la mayor objetividad posible, la consideración equilibrada de lo que favorezca y perjudique a cada parte y la advertencia sobre las sanciones penales en caso de incumplimiento del deber como perito. Estos párrafos dan fe del sometimiento del experto al marco deontológico y legal.
El cuerpo del informe es la parte nuclear donde se desarrolla el encargo. Debe comenzar con una exposición clara del objeto de la pericia, las cuestiones planteadas y la metodología empleada. A continuación, se presentan los datos recabados, los análisis realizados y las consideraciones técnicas que conducen a unas conclusiones explícitas. En la aplicación a riesgos diversos, esta sección gana especial relevancia, ya que cada tipología de siniestro exigirá describir procedimientos de inspección, muestreos, ensayos o simulaciones muy variados, siempre referenciando los protocolos o normas técnicas en que se apoyan.
Los documentos anexos complementan el cuerpo principal y suelen contener fotografías, planos, gráficos, resultados de laboratorio, normativa de referencia, currículum vitae del perito y cualquier otro material que respalde los argumentos. La norma aconseja que cada anexo esté debidamente numerado y referenciado en el texto, para que la relación entre afirmaciones y evidencias sea inmediata y verificable. Un informe sobre un riesgo diverso, como un incendio forestal o una falsificación de documentos mercantiles, gana solidez cuando el lector puede contrastar cada conclusión con su soporte documental sin esfuerzo.
La verdadera utilidad de la UNE 197001 se despliega cuando el perito se enfrenta a un caso multidisciplinar o a un encargo que combina varias especialidades. Pensemos, por ejemplo, en un siniestro de responsabilidad civil que incluye daños materiales por fuego, un posible fraude en la documentación de la póliza y lesiones personales. Cada uno de estos frentes exige la intervención de profesionales distintos, pero el informe final debe ser un documento único, coherente y comprensible. La aplicación de la estructura normalizada permite enhebrar esas piezas con naturalidad.
Además, en riesgos tan dispares como una falsificación de firmas, un defecto de construcción o un accidente laboral, la homogeneización del formato ayuda a que el juez o el mediador se concentren en lo realmente importante: la fiabilidad de las conclusiones y la solidez de la cadena de custodia y análisis. La norma no entra en cómo tasar un inmueble ni en cómo analizar una muestra de ADN, pero sí exige que esos procesos queden descritos con claridad y se presenten de forma ordenada, facilitando así la valoración de la prueba.
Un informe pericial sobre un incendio estructural incluirá cálculos de propagación, análisis de restos y posible determinación del punto de origen. Su estructura bajo UNE 197001 garantizará que los datos del escenario, las coordenadas, la identificación del perito especialista y la metodología de investigación figuren siempre en el mismo orden que en un informe sobre falsificación documental, donde se analizarán tintas, soportes y trazos. Esta uniformidad reduce la curva de aprendizaje de todos los operadores jurídicos y evita que se desechen pruebas por defectos formales.
En el caso de defectos constructivos, la aplicación de la norma implica que los técnicos describan con precisión el inmueble, las fechas de visita, los ensayos realizados y las normas de edificación vulneradas. Si además se acompaña de la certificación profesional del perito según los nuevos perfiles definidos en 2019, el tribunal contará con una garantía adicional sobre la competencia del emisor. Así, la norma actúa como un lenguaje común en un ecosistema donde confluyen ingenieros, químicos, documentólogos, médicos y otros muchos expertos.
Para el perito, trabajar conforme a la UNE 197001 es una inversión en credibilidad profesional. La presentación meticulosa de cada informe, con todos los datos de identificación y las menciones sobre imparcialidad, construye una reputación de rigor que los clientes y los abogados valoran. Además, la normalización interna del laboratorio o gabinete agiliza la elaboración de nuevos dictámenes, puesto que se parte de una plantilla maestra que solo requiere adaptar el contenido técnico específico.
Para las partes implicadas –aseguradoras, empresas, particulares–, contar con un informe estructurado según esta norma les ofrece seguridad jurídica. Saben que el perito ha seguido un estándar reconocido que minimiza el riesgo de una futura impugnación formal. En procedimientos judiciales, los letrados pueden localizar rápidamente la información clave y preparar sus alegaciones de forma más eficaz, lo que redunda en una mayor agilidad procesal y, en última instancia, en una reducción de costes para todos los intervinientes.
Adoptar la UNE 197001 no se limita a comprar el documento y guardarlo en la biblioteca. Requiere un proceso de integración en los procedimientos de trabajo. Los laboratorios de análisis documental y forense, por ejemplo, suelen comenzar por adquirir la norma y formar a todos sus peritos en los nuevos contenidos, prestando especial atención a la definición de los certificados de cualificación. A partir de ahí, se actualizan las plantillas de informes, se incorporan las nuevas exigencias de identificación y se ajustan las cláusulas de imparcialidad a la redacción de 2019.
Un aspecto clave de la versión vigente es la vinculación con la norma europea UNE-EN 16775, que establece requisitos generales para los servicios periciales. Esto significa que un informe que cumple con la UNE 197001 ya está alineado con estándares superiores de calidad en la prestación del servicio, como la gestión de quejas, la confidencialidad o la revisión de los informes por pares antes de su emisión. Para los peritos que operan en el ámbito de los riesgos diversos, esta coherencia entre normas suma un valor competitivo significativo frente a aquellos que no certifican su actividad.
Si usted ha recibido un informe pericial y observa que incluye un apartado de identificación muy detallado, un índice, un desarrollo ordenado de los análisis y una declaración expresa de imparcialidad, es muy probable que ese documento siga los criterios de la UNE 197001. Eso es una buena noticia, porque significa que el perito se ha esforzado por cumplir un estándar de calidad que muchos juzgados ya consideran una referencia de buenas prácticas. La norma es como un traje a medida para la prueba pericial: asegura que no falte ninguna pieza esencial y que todo esté donde debe estar para que cualquiera pueda entenderla sin necesidad de ser experto en la materia.
En el contexto de un riesgo diverso –un incendio, una inundación, una estafa documental–, contar con un informe pericial normalizado le ayudará a defender sus derechos con mayor solidez. La próxima vez que solicite un peritaje, pregunte al profesional si sus informes se ajustan a la UNE 197001. No es una exigencia legal obligatoria, pero sí un indicador claro de formalidad y rigor. Así evitará sorpresas desagradables cuando el documento llegue a manos del juez o de la aseguradora.
La correcta interpretación de la UNE 197001:2019 exige comprender su relación con la UNE-EN 16775, que establece los requisitos del servicio pericial como proceso, no solo del documento final. En la práctica, esto se traduce en que el perito debe disponer de procedimientos documentados para la aceptación del encargo, la revisión de los requisitos, la gestión del conflicto de intereses y la supervisión interna de los informes antes de su liberación. La norma de 2019, al remitirse expresamente a la europea, extiende implícitamente ese nivel de exigencia, por lo que los informes que solo cumplen la forma pero no la sustancia del servicio podrían quedar en entredicho en un contrainterrogatorio.
Otro punto de interés técnico es la distinción que introduce la versión actual entre dictamen e informe pericial, dos figuras que en el lenguaje coloquial se usan como sinónimos pero que procesalmente tienen matices diferentes. La norma ayuda a delimitar su uso en función del momento procesal y el destinatario, lo que puede ser determinante para la admisibilidad de la prueba. Por último, los profesionales que ya estén certificados como expertos según esta norma deberán mantener actualizada su cualificación, ya que la norma vincula la validez del informe a la competencia acreditada en la materia objeto de la pericial, un aspecto que los abogados deben verificar con atención antes de aportar el dictamen a un procedimiento.
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